Para el diseño de la CRE, se tomaron en cuenta
los objetivos propuestos en su Ley de creación, el mandato del
Plan Nacional de Desarrollo, la experiencia internacional de instituciones
reguladoras del sector energético y el estudio de modelos de organización.
La estructura de la CRE fue resultado de un extenso
análisis de las instituciones reguladoras del sector energético
de Argentina, Canadá, Colombia, Estados Unidos y Reino Unido,
entre otros países. Se observó que las instituciones reguladoras
guardan ciertos puntos en común, los cuales resultan aplicables
al caso de México:
Los organismos con atribuciones para regular
el sector energético están presididos por un órgano que toma decisiones
en forma colegiada. Este se compone de cinco a nueve miembros,
generalmente designados por el titular del Ejecutivo, que ocupan
el cargo por periodos de cinco a siete años.
Las autoridades reguladoras cuentan con independencia
financiera para garantizar la autonomía de gestión. En varios
países se asigna un presupuesto independiente y se transparenta
el monto de los recursos de la institución.
Las instituciones reguladoras cuentan con un
número reducido de especialistas en las áreas que regulan. La
especialización de las áreas operativas es un factor fundamental
para lograr una actividad reguladora congruente con una industria
altamente especializada.
La CRE es un órgano desconcentrado con cinco
comisionados que deliberan en forma colegiada y cuyas resoluciones
se inscriben en un registro público. Los comisionados son nombrados
por el Ejecutivo Federal, de manera escalonada, por periodos quinquenales
renovables. El pleno de la Comisión decide los asuntos por mayoría
de votos, teniendo su presidente voto de calidad.
El Pleno de Comisionados es un grupo interdisciplinario
con amplia experiencia en su rama profesional. Cada comisionado
debe dar seguimiento a algunos de los proyectos que la Comisión
debe analizar. Los proyectos son asignados de acuerdo a la especialización
de cada comisionado.
En cada caso, éste se encarga de asegurar que
el equipo de trabajo, nombrado para analizar el proyecto, realice
sus labores de acuerdo a la misión y principios básicos de la
CRE, y que sujete sus evaluaciones y recomendaciones a los parámetros
establecidos por el marco regulador. Una vez realizado el análisis,
con base en las evaluaciones del equipo de trabajo, el comisionado
prepara la ponencia del proyecto, que presentará ante el pleno
para que este órgano emita su resolución.
Las direcciones generales de Gas Natural y de
Electricidad, apoyadas en la de Asuntos Jurídicos y las Unidades
de Política Económica y de Reestructuración Eléctrica, desarrollan
los proyectos de la CRE para su presentación al pleno de comisionados
y asisten al comisionado ponente en la elaboración de la resolución
correspondiente.

Si usted considera
que algún servidor público de la Comisión Reguladora de Energía
incurrió en actos u omisiones que impliquen incumplimiento a sus
obligaciones, se encuentra a su disposición la Unidad de Quejas
y Denuncias de la Contraloría Interna, en el primer piso de las
instalaciones de la CRE, con teléfono 5283-1580, y en SACTEL,
a los teléfonos 5480-2000 en el Distrito Federal y Area Metropolitana
y (01 800) 00-14800 en el interior del país.